Logo

AMBAK SA c/ EDENOR SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios fijados en primera instancia y estableció los emolumentos del abogado apelante.

Recurso de apelacion Honorarios Ley 27 423 Monto Ley 21 839 Tarea profesional Incidencias


¿Quién es el actor?

AMBAK SA

¿A quién se demanda?

EDENOR SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo judicial

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios fijados en primera instancia y estableció los emolumentos del abogado apelante. La Cámara señaló que, ante la falta de regulación específica sobre los porcentuales mínimo y máximo de los incidentes en la Ley 27.423, corresponde acudir al criterio establecido en la legislación anterior (art. 33, Ley 21.839) como pauta orientadora del prudente arbitrio judicial. En ese marco, teniendo en cuenta la naturaleza, resultado y monto del asunto, la calidad y eficacia de la tarea profesional, las incidencias resueltas y las dos etapas cumplidas, la Cámara confirmó los honorarios fijados en primera instancia y estableció los emolumentos del abogado apelante en 3,45 UMA, equivalentes a $51.519.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar