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ADOBATTO, GUSTAVO ARIEL Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PSA - DTO 836/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria reclama incorporación de suplementos y compensaciones a sus haberes. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma el reconocimiento de su carácter remunerativo y bonificable.

Actividad riesgosa Suplementos Bonificable Remunerativo Compensaciones Policia de seguridad aeroportuaria Antiguedad de servicio Exigencia de servicio aeroportuario

Incorporación de suplementos y compensaciones ("vivienda", "vestimenta", "racionamiento", "zona", "actividad riesgosa", "por exigencia de servicio de seguridad aeroportuaria" y "por antigüedad de servicio") a los haberes mensuales, con carácter remunerativo y bonificable.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hace lugar parcialmente a la demanda, ordenando al Estado Nacional incorporar los mencionados suplementos y compensaciones con carácter remunerativo y bonificable, desde los dos años anteriores a la presentación de la demanda. Desestima el reclamo respecto de la bonificación por presentismo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara remite a sus precedentes "Miers", "Barrientos" y "Jaras" para reconocer el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos "por exigencia de servicio de seguridad aeroportuaria" y "por actividad riesgosa", y de las compensaciones "vivienda", "vestimenta", "racionamiento" y "zona".
- Respecto del suplemento "por antigüedad de servicio", la Cámara lo considera una asignación con carácter remuneratorio, citando jurisprudencia de la Corte Suprema.
- Ordena liquidar los suplementos conforme a los lineamientos de la CSJN en la causa "Ramírez".
- Distribuye las costas en el orden causado.

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