ARAUJO PRADO CESAR ISMAEL c/ EN-M° DEFENSA-FAA-DTO 2769/93 1095/06 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la regulación de honorarios de la letrada patrocinante y apoderada de la parte actora en la etapa de ejecución de sentencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El presente incidente se originó en la etapa de ejecución de sentencia del juicio principal promovido por Araujo Prado Cesar Ismael contra el Estado Nacional
- Ministerio de Defensa, en relación a cuestiones vinculadas al personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala V, confirmó la regulación de honorarios dictada a favor de la Dra. Claudia M. Scarlatto, letrada patrocinante y apoderada de la parte actora en dicha etapa, toda vez que la misma ha sido apelada únicamente por alta, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 16, 21, 41 y concordantes de la ley 27423 y la Acordada 9/2023 de la CSJN.
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