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DE VARGAS CARDOSO, PILAR BLANCA c/ EN-M SEGURIDAD-PNA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La actora demandó por diferencias salariales derivadas del suplemento Función Policial Operativa. La Cámara Contencioso Administrativa confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el pago retroactivo de las diferencias no prescriptas.

Recurso de apelacion Diferencias salariales Decreto 380 17 Decreto 142 22 Funcion policial operativa Suplemento remunerativo Suplemento bonificable

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandante, Pilar Blanca de Vargas Cardoso, promovió demanda contra el Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad (Policía Nacional Argentina) reclamando el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos instituidos por el Decreto N° 380/17. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala III, confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto al carácter remunerativo y bonificable del suplemento "Función Policial Operativa", haciendo lugar parcialmente al reclamo. Fundamentó su decisión señalando que los planteos de las partes eran análogos a los resueltos previamente por esa Sala y por la Corte Suprema de Justicia. Respecto al tratamiento de los agravios de la demandada sobre la supuesta abstracción de la pretensión, la Cámara indicó que el dictado posterior del Decreto N° 142/22 no impedía declarar el derecho de la actora al pago retroactivo de las diferencias salariales no prescriptas. Las costas de ambas instancias se impusieron por su orden.

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