TELEFONICA DE ARGENTINA SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO (EX 3041955/22 - DISP 363/22) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45
La Cámara Contencioso Administrativa Federal regula los honorarios de la letrada representante de la parte demandada, discrepando en el monto establecido.
¿Quién es el actor?
Telefónica de Argentina S.A.
¿A quién se demanda?
EN-M Desarrollo Productivo (ex 3041955/22
- Disp 363/22)
- Objeto de la demanda: Recurso directo contra una disposición de la autoridad de aplicación en un reclamo por aplicación de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se regulan los honorarios de la letrada representante de la parte demandada en un monto de 10 UMA, en disidencia con el voto del juez Jorge F. Alemany que los regula en 1,5 UMA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los jueces Pablo Gallegos Fedriani y Guillermo F. Treacy sostuvieron que, atendiendo a la naturaleza del juicio, la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio, corresponde regular los honorarios en 10 UMA.
- El juez Jorge F. Alemany, en disidencia, reguló los honorarios en 1,5 UMA, atendiendo a la escala prevista en el art. 21 de la Ley 27.423 y el art. 730 del CPCCN.
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