AFIP c/ OMI OBRAS E INSTALACIONES S.A. s/EJECUCION FISCAL - AFIP
El comprador de un vehículo automotor registrado a nombre del ejecutado fiscal solicitó el levantamiento de la inhibición general de bienes para finalizar el trámite de transferencia. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión que denegó el pedido, al considerar que la falta de inscripción registral de la transferencia impide oponer el derecho del comprador frente a terceros.
Solicitud de levantamiento de inhibición general de bienes para finalizar trámite de transferencia del vehículo
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la decisión que denegó el pedido de levantamiento de la inhibición
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La transmisión de dominio de bienes muebles registrables como automotores solo produce efectos contra terceros con la inscripción registral, conforme el art. 1° del decreto ley 6582/58.
- La denuncia de venta efectuada en 2016 y la posesión del vehículo desde esa fecha por el recurrente no son suficientes para hacer valer el derecho adquisitivo frente a terceros, al no haberse inscripto la transferencia.
- La inhibición general de bienes trabada sobre el vehículo del ejecutado fiscal es oponible al recurrente al momento de producirse, ya que el vehículo aún se encontraba registrado a nombre del deudor.
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