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IRAHA, JUANA Y OTROS c/ EN-AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Jubilados demandan inconstitucionalidad de retenciones de Impuesto a las Ganancias sobre haberes. La Cámara declara parcialmente inconstitucional el tributo y ordena el reintegro de los montos descontados.

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Declaración de inconstitucionalidad de los arts. 23, 79, 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias que permitían retener dicho tributo sobre los haberes jubilatorios, y reintegro de las sumas descontadas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declara parcialmente inconstitucional la normativa impugnada. Revoca la sentencia de primera instancia que había desestimado el reclamo de la Sra. Iraha, haciendo lugar a su demanda. Confirma la declaración de inconstitucionalidad respecto de los Sres. Cigoj y Pereyra. Ordena el reintegro de las sumas retenidas en concepto de Impuesto a las Ganancias sobre los haberes jubilatorios de los tres actores, a computar desde los 5 años anteriores a la presentación de la demanda, con intereses a la tasa prevista en las resoluciones del Ministerio de Economía.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara aplica los criterios establecidos por la CSJN en el precedente "García, María Isabel", el cual dispensa a los jubilados de acreditar el estado de vulnerabilidad para obtener la declaración de inconstitucionalidad de las retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre sus haberes previsionales. Sostiene que no resulta necesario que el jubilado demuestre la confiscatoriedad del tributo para obtener su inconstitucionalidad.

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