PLORUTTI, HERNAN ROBERTO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor reclamó la inconstitucionalidad de la retención del Impuesto a las Ganancias sobre sus haberes previsionales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Hernán Roberto Plorutti, demandó al Estado Nacional
- AFIP por la retención del Impuesto a las Ganancias sobre sus haberes previsionales.
La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de los artículos 23 inc. c y 79 inc. c de la Ley 20.628 de Impuesto a las Ganancias, y ordenó el cese de la retención y la devolución de las sumas retenidas en los últimos 5 años, con intereses.
La AFIP apeló la sentencia, cuestionando: 1) la falta de ponderación de las modificaciones de la Ley 27.617; 2) la improcedencia de la vía elegida; 3) la aplicación del precedente "García" al caso; y 4) la fecha de reintegro y tasa de interés.
La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó los agravios de la AFIP y confirmó la sentencia apelada. Consideró que: 1) la Ley 27.617 no modificó sustancialmente el criterio de la Corte Suprema en "García"; 2) no era necesario agotar la vía administrativa previa; 3) correspondía aplicar el precedente "García" sin necesidad de acreditar vulnerabilidad o confiscatoriedad; y 4) procedía la devolución de los montos retenidos en los últimos 5 años, con intereses calculados según la normativa vigente.
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