FERNANDEZ, RUBEN MANUEL -SUMARISIMO- c/ EN - AFIP - LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Jubilado impugna retención del Impuesto a las Ganancias sobre su haber previsional. La Cámara confirma la inconstitucionalidad de la retención y ordena la devolución de los montos descontados.
Impugnación de la retención del Impuesto a las Ganancias sobre el haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias que permiten la retención sobre haberes previsionales. Se ordenó el cese de la retención y la devolución de los montos descontados en los últimos 5 años.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema ha reiterado en diversos precedentes que la retención del Impuesto a las Ganancias sobre los haberes previsionales es inconstitucional, sin necesidad de acreditar vulnerabilidad o confiscatoriedad.
- La entrada en vigencia de la Ley 27.617 no modifica este criterio, ya que no implicó un tratamiento diferenciado para este colectivo.
- Respecto al plazo de prescripción, corresponde aplicar el de 5 años previsto en la Ley 11.683 al tratarse de la devolución de un tributo nacional.
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