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HERBON ALCIRA EUGENIA c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la tragedia de Cromañón. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por daño moral, daño psicológico y tratamiento psicológico.

Dano moral Dano psicologico Distribucion de responsabilidad Responsabilidad estatal Tragedia de cromanon

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora Alcira Eugenia Herbón demandó al Estado Nacional, al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) y a otros codemandados y terceros citados por los daños derivados de la tragedia de Cromañón, donde falleció su hija Marisa Mabel Díaz.
- La juez de primera instancia: (i) rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el Estado Nacional; (ii) hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando el pago de $932.000 en concepto de indemnización; y (iii) fijó montos por daño moral ($800.000), daño psicológico ($80.000) y tratamiento psicológico ($52.000).
- La Cámara confirma la responsabilidad del Estado Nacional, y modifica los montos indemnizatorios, elevándolos a: $1.600.000 por daño moral, $325.000 por daño psicológico y $156.000 por tratamiento psicológico.
- Respecto a la distribución de la responsabilidad, se establece un 35% para el Estado Nacional, 35% para el GCBA y 30% para los particulares condenados.
- Los intereses deben correr desde la fecha del hecho, salvo el tratamiento psicológico que será desde la sentencia de primera instancia.

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