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BENZACAR AUGUSTO LUIS Y OTRO c/ EN - M° INTERIOR - PFA - SUPERINTENDENCIA DE BOMBEROS Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, confirmó los honorarios regulados a los profesionales que intervinieron en la causa por daños y perjuicios, argumentando que la adecuación de los emolumentos debe atender al mérito, naturaleza e importancia de la labor realizada.

Honorarios profesionales Ley de arancel Merito Ponderacion de factores Fallo las marias Naturaleza e importancia de la labor


¿Quién es el actor?

BENZACAR AUGUSTO LUIS Y OTRO

¿A quién se demanda?

EN
- M° INTERIOR
- PFA
- SUPERINTENDENCIA DE BOMBEROS Y OTRO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó los honorarios regulados a los profesionales intervinientes, teniendo en cuenta la complejidad del asunto, el resultado obtenido y el valor económico involucrado en la litis. Señaló que la fijación de honorarios no debe limitarse a la aplicación automática de porcentajes, sino a una adecuada ponderación de los factores que hacen a la justa valoración de la tarea profesional.

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