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MILLARES, HECTOR JULIO DEL CORAZON DE JESUS c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH - EX 49424287/22 s/AMPARO POR MORA

Demanda por mora administrativa rechazada. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia que ordenó al Estado expedirse sobre el reclamo.

Reparaciones Procedimiento administrativo Plazo razonable Amparo por mora Ley 24 043


¿Quién es el actor?

Héctor Julio del Corazón de Jesús Millares

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo presentado por el actor en 2015 en el marco de la Ley 24.043 sobre reparaciones, respecto del cual no hubo respuesta administrativa.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo por mora, ordenando al Ministerio que resuelva el reclamo en 20 días.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 28 de la Ley 19.549 otorga la facultad de accionar judicialmente cuando la Administración no se expide sobre una petición.
- Se acreditó la mora administrativa, dado que desde noviembre de 2015 hasta mayo de 2022 no hubo movimiento en el expediente administrativo y, desde entonces, sólo se registró una migración del expediente sin resolución.
- La Administración no aportó elementos para demostrar que la situación de mora haya cesado.
- No corresponde extender el plazo para que la Administración cumpla con la sentencia, dado que no demostró razones válidas para ello.

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