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LORENZATTO, NADIA ANDREA c/ EN-M PLANIFICACION-SE s/EMPLEO PUBLICO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica la regulación de honorarios aplicada para la tercera etapa del proceso por considerar que correspondía aplicar la ley vigente al momento de la tramitación.

Regulacion de honorarios Ley aplicable Empleo publico Tramitacion procesal


¿Quién es el actor?

NIDIA ANDREA LORENZATTO

¿A quién se demanda?

ESTADO NACIONAL
- MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación en materia de empleo público

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la regulación de honorarios realizada en primera instancia, por cuanto debió aplicarse la ley 27.423 vigente al momento de la tramitación de la tercera etapa del proceso, y no la ley 21.839. En consecuencia, devolvió las actuaciones al tribunal de origen para que se practique una nueva regulación conforme a dicha normativa. Los principales fundamentos fueron:
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido en sus precedentes (Fallos: 341:1063 y 345:220) que debe aplicarse la ley vigente al momento de la realización de las tareas profesionales.
- En virtud de ello, correspondía aplicar la ley 27.423 para la cuantificación de los honorarios por la labor desarrollada en la tercera etapa del proceso, que tuvo lugar bajo la vigencia de dicha norma.
- A fin de salvaguardar el derecho de defensa de las partes, se devuelven las actuaciones al tribunal de origen para que se practique una nueva regulación de conformidad con las pautas establecidas.

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