GUARE, PEDRO BENITO c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó el pago de intereses sobre una condena al Estado. La Cámara Contencioso Administrativa revocó la orden de ejecución inmediata por considerar aplicables las leyes de orden público que permiten diferir el pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Guare, Pedro Benito, demandó al Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército por cuestiones relacionadas con personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad. En primera instancia, la jueza ordenó intimar a la parte demandada a depositar la suma aprobada en concepto de intereses, bajo apercibimiento de ejecución.
La demandada apeló esta decisión, alegando que correspondía diferir el pago de los intereses en los términos de las leyes 11.672 y 23.982, de acuerdo a la doctrina establecida por la Corte Suprema en el fallo "Curti".
La Cámara Contencioso Administrativa hizo lugar al recurso de apelación, revocando la resolución apelada. Señalaron que, conforme a la jurisprudencia, para la cancelación de los reconocimientos judiciales firmes sujetos al procedimiento del art. 170 de la ley 11.672, el Estado Nacional debe adoptar las medidas necesarias para que la previsión presupuestaria sea comprensiva del capital de condena y de los intereses devengados hasta su efectivo pago. Dado que aún no habían vencido los plazos previstos en las leyes mencionadas, la actora no se encontraba habilitada para promover la ejecución forzada del crédito por intereses.
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