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ECOLOGIA Y DESARROLLO ASOCIACION CIVIL c/ EN-M AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

El Dr. Martín Villanueva, en representación de Prudencia Compañía Argentina de Seguros Generales S.A., apeló el rechazo del pedido de regulación de honorarios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la decisión y ordenó que se decidan las cuestiones relativas a la imposición de costas y regulación de honorarios.

Costas Recurso de apelacion Regulacion de honorarios Ley 27 423 Abogado Medida cautelar


¿Quién es el actor?

Ecología y Desarrollo Asociación Civil

¿A quién se demanda?

E.N.-Mº de ambiente y desarrollo sustentable de la Nación y otro
- Objeto de la demanda: Medida cautelar
- Decisión del tribunal: La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la decisión de primera instancia que había rechazado el pedido de regulación de honorarios del Dr. Martín Villanueva, representante de Prudencia Compañía Argentina de Seguros Generales S.A. La Cámara ordenó que se decidan las cuestiones relativas a la imposición de costas y regulación de honorarios. Fundamentos principales:
- La Ley 27.423 establece que los profesionales letrados tienen derecho a percibir sus honorarios devengados, ya sea por convenio con el cliente o por la condena en costas a la parte contraria.
- El magistrado debe velar por el cumplimiento de esta norma.
- Si bien no hubo una condena expresa en costas a favor del Dr. Villanueva en este trámite autónomo de medida cautelar, correspondía que se decida la imposición de costas y se regule sus honorarios por la labor desempeñada en defensa de Prudencia Cía. Arg. de Seguros.

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