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FARIAS, MARCELO OSCAR Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la sentencia de primera instancia que ordenó al Estado incorporar a los haberes del personal de la Policía Federal el suplemento por función policial operativa.

Policia federal Empleo publico Remuneratividad Bonificabilidad Decreto 380 2017 Decreto 142 2022 Suplemento funcion policial operativa


¿Quién es el actor?

Personal de la Policía Federal Argentina

¿A quién se demanda?

Estado Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incorporar a los haberes el suplemento "función policial operativa" creado por el decreto 380/2017

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La cuestión es sustancialmente análoga a la tratada en la causa "Favata", donde se reconoció el carácter remunerativo y bonificable del suplemento. Este criterio fue confirmado por la CSJN en "Di Nanno". Dado que el art. 14 del decreto 142/2022 derogó los suplementos a partir del 1/4/2022, corresponde confirmar lo decidido por la instancia anterior. En atención al precedente "Di Nanno", se confirma la aplicación del principio objetivo de la derrota para la distribución de costas.

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