BARRAJON CASAS, ANDREA VERONICA c/ EN - M DEFENSA - DIRECCION DE INTELIGENCIA DEL EJERCITO ARGENTINO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor, personal civil de inteligencia de las Fuerzas Armadas, reclamó el reconocimiento de los incrementos aplicables a sus haberes. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.
Reconocimiento de los incrementos aplicables a los haberes del personal civil de inteligencia de las Fuerzas Armadas
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación del Estado Nacional y confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.
Fundamentos principales:
- La Corte Suprema estableció que las asignaciones creadas por el Decreto N° 1305/12 deben ser tenidas en cuenta para determinar la remuneración base del personal civil de inteligencia, en virtud de la regla de proporcionalidad con el personal militar.
- Los suplementos del Decreto N° 1305/12 tienen carácter remunerativo y bonificable, y deben ser incluidos en el concepto de "sueldo" del personal civil.
- Sin embargo, la remuneración base de la categoría 1 del personal civil no puede superar el haber mensual del grado de coronel o sus equivalentes.
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