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NOVARTIS ARGENTINA SA (TF 38148-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la revocación de la sanción por incumplimiento de importación temporaria al contar la empresa con la documentación necesaria para acreditar la reexportación de los insumos importados.

Prueba documental Incumplimiento Recurso directo Preclusion Sancion Importacion temporaria Tribunal fiscal


¿Quién es el actor?

Novartis Argentina SA

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Apelación contra resolución del Tribunal Fiscal que revocó sanción por supuesto incumplimiento de régimen de importación temporaria.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechaza el recurso de la DGA y confirma la resolución del Tribunal Fiscal que revocó la sanción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Tribunal Fiscal consideró acreditada la reexportación de los insumos por la documentación aportada por Novartis (CTC, permisos de embarque).
- La Cámara indica que en los casos de importación temporaria la carga de la prueba del cumplimiento recae sobre el beneficiario, quien debe acreditarlo mediante la documentación pertinente.
- En el caso, el Fisco no controvirtió concretamente las apreciaciones del Tribunal Fiscal sobre la suficiencia de la prueba documental, por lo que no corresponde hacer lugar a su planteo.
- La alegada vulneración del principio de preclusión es improcedente, ya que la normativa aduanera permite ofrecer prueba no presentada en sede administrativa en materia de sanciones.

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