GIRO TRANSPORTES RODOVIARIOS LTDA (TF 33773-A) Y OTRO c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La empresa transportista y la agente de transporte aduanero impugnaron la resolución que les atribuyó responsabilidad tributaria por un robo de la mercadería en tránsito. La Cámara revocó el cargo al considerar que no se acreditó el incumplimiento de los deberes de custodia.
Impugnación de la resolución 1359/13 (AD PASO) que les atribuyó responsabilidad tributaria por el robo de la mercadería en tránsito.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó el cargo al considerar que no se acreditó el incumplimiento de los deberes de custodia por parte de los recurrentes, por lo que correspondía aplicar la excepción del art. 315 del Código Aduanero.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara señaló que la carga de la prueba recae en los responsables de la custodia, quienes no acreditaron haber adoptado las medidas de seguridad exigibles. Al no demostrarse el incumplimiento de los deberes, correspondía la dispensa del pago de tributos de conformidad con el precedente "Tevelam" de la CSJN.
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