ORLANDI ANA ANTONIA CLEMENTINA c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - D.G.I. s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La actora promovió demanda para declarar la inconstitucionalidad del cobro de impuesto a las ganancias sobre sus haberes de pensión. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la inconstitucionalidad, pero ordenó el reintegro de los montos retenidos en los últimos dos años.
Declaración de inconstitucionalidad del cobro de impuesto a las ganancias sobre sus haberes de pensión y reintegro de las sumas retenidas.
¿Qué se resolvió?
1) Se rechaza la acción de inconstitucionalidad. 2) Se ordena reintegrar las sumas retenidas por impuesto a las ganancias sobre los haberes previsionales de la actora durante los dos años anteriores a la interposición de la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema estableció que la mera capacidad contributiva no es suficiente para gravar a los jubilados, debiendo considerarse su vulnerabilidad. Sin embargo, en este caso no se acreditó que la retención del impuesto a las ganancias comprometiera la subsistencia digna de la actora.
- La Ley N° 27.617, que reimplantó el cobro del impuesto a las ganancias sobre los haberes jubilatorios, fue una decisión legislativa consensuada que no puede ser desconocida "per se".
- Corresponde el reintegro de las sumas retenidas en los últimos dos años, de acuerdo a la prescripción quinquenal aplicable.
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