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FACIANO, JULIO ANTONIO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD - POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Policías de Seguridad Aeroportuaria reclaman inclusión de compensaciones en el haber mensual. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión que ordenó al Estado Nacional reconocer el carácter remunerativo y bonificable de esas prestaciones.

Vivienda Actividad riesgosa Remuneracion Vestimenta Suplementos Racionamiento Zona Compensaciones Policia de seguridad aeroportuaria

Que se incluyan dentro del concepto de haber mensual las compensaciones y suplementos previstos por el Decreto Nº 836/08 por vivienda, vestimenta, racionamiento, zona y por actividad riesgosa.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó al Estado Nacional incluir esos conceptos con carácter remunerativo y bonificable.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara remitió a sus pronunciamientos previos en las causas "Barrientos" y "Jaras" donde se reconoció el carácter remunerativo y bonificable de esos suplementos y compensaciones. Modificó la imposición de costas, distribuyéndolas en el orden causado.

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