SAJAMA, MARIA DE LOS ANGELES Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de revocatoria con apelación en subsidio interpuesto por la letrada, al considerar que aún no se encuentra habilitada para promover la ejecución forzada de los honorarios regulados a su favor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- El juez de primera instancia intimó a la parte demandada a informar si había dado cumplimiento a la reserva presupuestaria adeudada a la Dra. Capuchetti en concepto de honorarios.
- Contra esa resolución, la Dra. Capuchetti interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio, alegando que los honorarios debieron haberse cancelado junto con la deuda reconocida en la sentencia firme.
- La Cámara rechazó el recurso, explicando que, según la normativa aplicable, cuando el presupuesto carece de crédito suficiente para afrontar la condena, el Estado debe prever su inclusión en el ejercicio siguiente. Por lo tanto, la Dra. Capuchetti aún no se encuentra habilitada para promover la ejecución de los honorarios regulados a su favor.
- La Cámara cita jurisprudencia de la Corte Suprema que establece que las pautas de la Ley 27.423 sobre plazos para el pago de honorarios no resultan aplicables cuando se trata de deudas del Estado, las cuales se rigen por un procedimiento específico.
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