AFIP c/ GOLDIN, MARIO MANUEL s/PROCESO DE EJECUCION
La AFIP recurrió la decisión de primera instancia que declaró la incompetencia del fuero contencioso administrativo federal para entender en la causa. La Cámara confirmó la competencia del fuero de la seguridad social.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La AFIP apeló la decisión del juez de primera instancia que declaró la incompetencia del fuero contencioso administrativo federal para entender en la causa. Sostuvo que el reclamo por la recuperación de un subsidio otorgado en el marco del "Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción" no corresponde al fuero de la seguridad social. Sin embargo, el Fiscal General y la Cámara consideraron que, si bien el título en ejecución no refiere a aportes o contribuciones de la seguridad social, la naturaleza social del beneficio otorgado y la normativa aplicable (decreto 322/20 y disposición 48/21 AFIP) hacen que la cuestión deba tramitar ante el fuero de la seguridad social. En este sentido, se citó jurisprudencia que establece que dicho fuero es competente para entender en cuestiones relativas a la aplicación de normas de la seguridad social, más allá de que no exista una previsión expresa.
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