Logo

BATTAFARANO, JUAN MANUEL c/ CPACF (EXP. 28385/15) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

El letrado BATTAFARANO fue sancionado por el Colegio Público de Abogados por incumplimiento de deberes éticos al presentar un escrito con una firma falsificada. La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso directo contra la sanción.

Recurso directo Sancion disciplinaria Firma falsa Infraccion etica Ejercicio profesional de la abogacia


¿Quién es el actor?

Juan Manuel BATTAFARANO

¿A quién se demanda?

Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Sanción disciplinaria por presentar un escrito con firma falsificada

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso directo interpuesto por el abogado sancionado, considerando que no se advierte arbitrariedad ni desproporción en la sanción aplicada por el Colegio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Tribunal de Disciplina del Colegio acreditó que la firma atribuida al codemandado Franzoni en un escrito judicial era falsa.
- La conducta del abogado BATTAFARANO constituye incumplimiento de los deberes de lealtad, probidad y buena fe en el ejercicio profesional.
- La jurisdicción disciplinaria del Colegio es independiente de la responsabilidad penal o civil, y el control judicial se limita a verificar la legalidad y razonabilidad de la sanción.
- No se advierte arbitrariedad ni desproporción en la sanción de multa impuesta al abogado.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar