ENACOM c/ TELECOM ARGENTINA SA s/PROCESO DE EJECUCION
La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V regula los honorarios de los letrados actuantes en un proceso de ejecución promovido por el ENACOM contra Telecom Argentina S.A.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el marco de un proceso de ejecución promovido por el ENACOM contra Telecom Argentina S.A., la Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V modificó la regulación de honorarios practicada oportunamente.
La Cámara fijó los honorarios de los letrados actuantes de la siguiente manera:
- Dra. Maria Victoria Arbizu (letrada apoderada): 0,97 UMAs ($18.757,86)
- Dra. Jacqueline Elizabeth Dinale (letrada apoderada): 4,83 UMAs ($93.402,54)
- Dra. Cecilia Sol Passavanti (letrada patrocinante): 4,83 UMAs ($93.402,54)
- Dra. Mora E. Bernal (letrada patrocinante): 9,66 UMAs ($186.805,08)
Asimismo, la Cámara fijó los honorarios de las Dras. Dinale y Bernal por la labor cumplida ante la Alzada.
La Cámara fundó su decisión en las disposiciones de la Ley N° 27.423 y la Acordada CSJN N° 19/23, y aclaró que los importes no incluyen el Impuesto al Valor Agregado.
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