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ENACOM c/ TELECOM ARGENTINA SA s/PROCESO DE EJECUCION

La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V regula los honorarios de los letrados actuantes en un proceso de ejecución promovido por el ENACOM contra Telecom Argentina S.A.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

En el marco de un proceso de ejecución promovido por el ENACOM contra Telecom Argentina S.A., la Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V modificó la regulación de honorarios practicada oportunamente. La Cámara fijó los honorarios de los letrados actuantes de la siguiente manera:
- Dra. Maria Victoria Arbizu (letrada apoderada): 0,97 UMAs ($18.757,86)
- Dra. Jacqueline Elizabeth Dinale (letrada apoderada): 4,83 UMAs ($93.402,54)
- Dra. Cecilia Sol Passavanti (letrada patrocinante): 4,83 UMAs ($93.402,54)
- Dra. Mora E. Bernal (letrada patrocinante): 9,66 UMAs ($186.805,08) Asimismo, la Cámara fijó los honorarios de las Dras. Dinale y Bernal por la labor cumplida ante la Alzada. La Cámara fundó su decisión en las disposiciones de la Ley N° 27.423 y la Acordada CSJN N° 19/23, y aclaró que los importes no incluyen el Impuesto al Valor Agregado.

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