LANACUER SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL EXTERNA-SIMI 133728L Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
La actora promovió una medida cautelar para suspender los efectos de resoluciones administrativas. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios regulados al letrado de la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La empresa LANACUER SA promovió una medida cautelar autónoma contra el Estado Nacional
- Ministerio de Desarrollo Productivo, Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, con el objeto de suspender los efectos de la Resolución de la Secretaría de Comercio Nº 523-E/2017 y de la Resolución General Conjunta AFIP y Secretaría de Comercio Nº 4185/2018 respecto de la mercadería que fue objeto de las presentaciones administrativas.
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, confirmó los honorarios regulados al letrado apoderado de la actora, FABIÁN ALFREDO LÓPEZ, en la suma de $67.683, equivalente a 3,5 UMA, por su actuación en la instancia de alzada de la medida cautelar. La Cámara consideró la trascendencia económica de la cuestión, la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses en juego.
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