CHIGO, NOELIA DAYANA Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA - FUERZA AEREA ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Abogado recurre regulación de honorarios y Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica los montos honorarios fijados
¿Quién es el actor?
Chigo, Noelia Dayana y otro
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Fuerza Aérea Argentina
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de apelación contra regulación de honorarios del abogado patrocinante de la parte actora
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica la regulación de honorarios apelada, reduciendo los honorarios del abogado a 1,89 UMAs (equivalente a $36.548,82) por su actuación en primera instancia, y fijando en 0,56 UMAs (equivalente a $10.829,28) los honorarios por la actuación en la alzada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En función de la naturaleza del juicio, teniendo en consideración la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio (ver liquidación aprobada a fs. 58/59), corresponde MODIFICAR la regulación de honorarios apelada de fs. 65 y REDUCIR los honorarios del Dr. Pedro Ismael Piteo, en su carácter de patrocinante de la parte actora y en una etapa del juicio, a la suma de UNA CON OCHENTA Y NUEVE UMAs (1,89 UMAs) equivalentes -al día de la fecha
- a PESOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($ 36.548,82) (arts. 16, 19, 21 y ccdtes. de la ley 27.423 y acordada C.S.J.N. 19/23)."
"Asimismo, por el trabajo en esta Alzada, corresponde FIJAR los honorarios del mencionado profesional en la suma de CERO CON CINCUENTA Y SEIS UMAs (0,56 UMAs) equivalentes -al día de la fecha
- a PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 10.829,28) (art. 30 y ccdtes. de la ley 27.423 y acordada C.S.J.N. 19/23)."
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