ENACOM c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA-EXPTE 40199810/21 s/PROCESO DE EJECUCION
El ENACOM promovió incidente en un proceso de ejecución contra Telefónica de Argentina SA. La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V modificó la regulación de honorarios a favor de los letrados del ENACOM.
En el marco de un proceso de ejecución promovido por el ENACOM contra Telefónica de Argentina SA, la Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V resolvió modificar la regulación de honorarios practicada, fijando nuevos montos a favor de los letrados del ENACOM. La Cámara consideró que correspondía modificar la regulación de honorarios en atención a "la naturaleza del proceso; del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo cumplido ante la anterior instancia por la dirección letrada y representación legal de la parte actora". En ese sentido, reguló honorarios de la siguiente manera: a) para las Dras. María Victoria Arbizu y Mora E. Bernal, en su carácter de letradas patrocinantes, $39.836,28 para cada una; b) para la Dra. Jacqueline Elizabeth Dinale, en su carácter de letrada apoderada, $95.529,72; y c) para la Dra. Cecilia Sol Passavanti, en su carácter de letrada patrocinante, $159.345,12. La Cámara aclaró que estos montos no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, el cual deberá ser depositado por la demandada Telefónica de Argentina SA junto con el pago de los honorarios.
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