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ARANDA, MIRIAN ELIZABET Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PNA - DTO 1307/12 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Estado Nacional apeló una sentencia que ordenó incorporar a los actores suplementos salariales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de fondo, pero modificó la imposición de costas.

Costas Ley 23 982 Prefectura naval argentina Suplementos salariales Ley 24 624 Ley 26 895

Incorporación al haber mensual de los suplementos creados por los decretos 1307/12 y 716/16

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la incorporación de los suplementos, pero modificó la imposición de costas, distribuyéndolas en el orden causado en ambas instancias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Remitió a lo resuelto en el precedente "Polito" sobre la procedencia de los suplementos, confirmado por la CSJN.
- Aclaró que el pago de las diferencias salariales se regirá por lo dispuesto en las leyes 23.982, 24.624 y 26.895.
- Consideró que la naturaleza de la cuestión debatida justifica apartarse del principio objetivo de la derrota en materia de costas.

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