DERECHO, RENE JESUS c/ EN-AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor promovió demanda para declarar la inconstitucionalidad del Impuesto a las Ganancias aplicado sobre sus haberes previsionales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la sentencia y declaró la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, ordenando el cese de las retenciones y el reintegro de los montos retenidos.
Declaración de inconstitucionalidad de los artículos 1, 2, 26, 30, 82, 85 y 94 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, y reintegro de montos retenidos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de los artículos 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, ordenando el cese de las retenciones y el reintegro de los montos retenidos en los períodos no prescriptos, con intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El Tribunal señaló que, de acuerdo a la jurisprudencia de la Corte Suprema en "García, María Isabel", corresponde declarar la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, ya que la sola capacidad contributiva no es suficiente para gravar a los jubilados, debiendo ponderarse la situación de vulnerabilidad de este colectivo.
- Respecto a la aplicabilidad de la Ley N° 27.617, el Tribunal indicó que no cumple con los lineamientos establecidos por la Corte Suprema en "García, María Isabel", por lo que dicha ley no resulta solución al caso.
- En cuanto al reintegro, el Tribunal estableció que alcanzará a los períodos no prescriptos, computados desde la interposición de la demanda, con los intereses correspondientes.
- Las costas se impusieron en el orden causado, atendiendo a la novedad y complejidad de la cuestión.
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