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BAREA SANTIAGO MIGUEL c/ EN-M° INTERIOR-PFA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor interpuso demanda por daños y perjuicios derivados de la tragedia de Cromañón. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia de primera instancia reduciendo los montos indemnizatorios por daño psicológico y daño moral.

Dano moral Tratamiento psicologico Intereses Dano psicologico Responsabilidad del estado Distribucion de responsabilidades Tragedia de cromanon


¿Quién es el actor?

Santiago Miguel Barea
- Demandados: Estado Nacional
- Ministerio del Interior
- Policía Federal Argentina (EN-MI-PFA), Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA), Carlos Rubén Díaz, Gabriel Ismael Sevald, Gustavo Juan Torres, Fabiana Gabriela Fiszbin y Ana María Fernández

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por la tragedia de Cromañón ocurrida el 30/12/04

¿Qué se resolvió?


- Se revocó la condena a la firma Nueva Zarelux SA, distribuyendo las costas en el orden causado.
- Se confirmó el reconocimiento de daño psicológico, tratamiento psicológico y daño moral, pero se modificaron los montos:
- Daño psicológico: se redujo de $380.000 a $170.000
- Tratamiento psicológico: se mantuvo en $1.040.000
- Daño moral: se redujo de $300.000 a $200.000
- Se distribuyeron las responsabilidades en: 35% al EN, 35% al GCBA, y 30% al resto de los condenados.
- Se estableció que los intereses correrían desde el hecho dañoso, salvo el tratamiento psicológico que sería desde la notificación de la sentencia. Fundamentos principales:
- Para el daño psicológico, la Cámara consideró que debía fijarse en $170.000 siguiendo criterios de proporcionalidad con otros casos similares.
- Respecto al tratamiento psicológico, la Cámara entendió que estaba debidamente acreditada su necesidad y fijó el monto en $1.040.000 conforme la duración y frecuencia recomendada.
- En cuanto al daño moral, la Cámara consideró que correspondía su procedencia y modificó el monto a $200.000 atendiendo a la aflicción espiritual padecida por el actor.
- Sobre la distribución de responsabilidades, la Cámara mantuvo los porcentajes de 35% para el EN, 35% para el GCBA y 30% para los terceros.

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