EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO c/ OMINT SOCIEDAD ANONIMA DE SERVICIOS s/PROCESO DE EJECUCION
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la ejecución fiscal de una multa administrativa impuesta al demandado.
¿Quién es el actor?
Ministerio de Desarrollo Productivo
¿A quién se demanda?
Omint Sociedad Anónima de Servicios
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de multa de $2.500.000 más intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el rechazo de la excepción de inhabilidad de título opuesta por el demandado. Consideró que la disposición administrativa que impuso la multa cumple con los requisitos exigidos para constituir un título ejecutivo válido, al contener los elementos esenciales que identifican la deuda. Sostuvo que la vía procesal de ejecución fiscal es la adecuada, conforme lo establecido en la Ley de Defensa del Consumidor.
Fundamentos principales:
- El art. 604 CPCCN establece que procede la ejecución fiscal cuando se persiga el cobro de multas adeudadas a la administración pública.
- La disposición administrativa que impuso la multa cuenta con los elementos necesarios para constituir un título ejecutivo válido.
- La Ley de Defensa del Consumidor y la Ley de Procedimientos Administrativos permiten que las multas administrativas firmes se cobren mediante proceso de ejecución fiscal.
- No se advierte que la ejecutada quede en estado de indefensión al tramitarse la ejecución fiscal.
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