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CABRER, LUCIANO NICOLAS c/ EN-M DEFENSA-EA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal redujo los honorarios de la abogada de la parte actora por las tareas desarrolladas en primera instancia y fijó los honorarios por la actuación en alzada.

Honorarios Ley 27 423 Reduccion de honorarios Recurso incidental Camara contencioso administrativa federal

¿Qué se resolvió en el fallo?

En el marco de un proceso contencioso administrativo, la Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió modificar parcialmente la regulación de honorarios de la abogada de la parte actora. En relación a los honorarios por la labor en primera instancia, la Cámara los redujo a la suma de 0,81 UMAs (equivalente a $16.681,95). Asimismo, por el trabajo efectuado en la alzada, fijó los honorarios en 0,24 UMAs (equivalente a $4.942,80). La Cámara señaló que los montos establecidos no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, el cual deberá ser depositado junto con los honorarios si la beneficiaria acredita su condición de responsable inscripta.

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