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TORRILLA CARLOS ALBERTO Y OTROS c/ EN- M° INTERIOR- PNA- DISP 127/04 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El perito contador presentó recurso contra la decisión que lo condenó en costas por los honorarios regulados a su favor. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia que determinó que el letrado patrocinante del perito no requería de representación legal para el cobro de sus honorarios.

Cobro de honorarios Perito Ejecucion Patrocinio letrado Cumplimiento voluntario

Cobro de honorarios regulados al perito contador Alfredo Tino

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el letrado patrocinante del perito contador y se confirmó la resolución de primera instancia que determinó que el letrado no requería representación legal para el cobro de los honorarios, al tratarse de un trámite de cumplimiento voluntario de la deuda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte Suprema ha sostenido que los peritos designados de oficio no están obligados a contar con patrocinio letrado para el cumplimiento de su labor, pero sí lo están a los efectos de la ejecución de sus honorarios. En el caso, las actuaciones del letrado patrocinante no excedieron el marco normativo relativo al cumplimiento voluntario del pago de los honorarios, por lo que no resultaba exigible su presentación con patrocinio jurídico.

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