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RODAS SALOMON Y OTROS c/ EN-GN-DTOS 1246/05 Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Estado Nacional fue condenado a pagar intereses por la demora en el pago de honorarios regulados a favor del letrado de la parte actora. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la intimación al pago de los intereses adeudados, rechazando el recurso de apelación interpuesto por la demandada.

Intereses Honorarios Estado nacional Cosa juzgada Verdad juridica objetiva Diferimiento de pago


¿Quién es el actor?

Rodas Salomón y otros

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Objeto de la demanda: Cobro de intereses por la demora en el pago de honorarios regulados
- Decisión del tribunal: Se confirma la intimación al pago de $944.586,72 por intereses adeudados Fundamentos principales:
- La Corte Suprema estableció que los intereses moratorios deben computarse hasta la cancelación del crédito, no pudiendo reputarse como pago el mero inicio del procedimiento del art. 170 de la Ley 11.672 mediante la previsión presupuestaria.
- Ante la falta de crédito presupuestario, el Estado tiene la prerrogativa de diferir por única vez el pago de la condena, pero el plazo para ello se encuentra ampliamente vencido.
- Los errores aritméticos o de cálculo deben ser rectificados por los jueces, sea a pedido de parte o de oficio, a fin de preservar la cosa juzgada.

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