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TORRES, CARLOS JAVIER Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Juicio por diferencias salariales de personal militar de Gendarmería Nacional. La Cámara modifica la sentencia y ordena discriminar los montos de capital e intereses a transferir.

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Diferencias salariales como personal militar de Gendarmería Nacional

¿Qué se resolvió?

La Cámara admite parcialmente el recurso de apelación interpuesto por los actores, ordenando que el auto que dispone la transferencia de sumas adeudadas discrimine los montos correspondientes a capital e intereses. Sin embargo, la Cámara resuelve que no corresponde que el juez de primera instancia determine si los intereses son o no imponibles, siendo esa una cuestión a ser resuelta por la entidad bancaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Empero, no compete al Sr. juez a quo añadir mención alguna con respecto a si las sumas se encuentran o no sujetas al pago del tributo al que se refiere la apelante; pues en su caso, será la entidad financiera la que en ejercicio de atribuciones propias practique las retenciones que eventualmente correspondan." "Por ende, lo relevante en orden a que la parte disponga de las sumas, es diferenciar los montos que corresponden a capital y a intereses, sin que resulta de la incumbencia del juez a quo efectuar otras precisiones."

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