SILVESTRE, ANGEL MAURICIO c/ EN-AFIP-RESOL 598/19 s/AMPARO LEY 16.986
Jubilado demanda la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre su haber previsional. La Cámara Contencioso Administrativa modifica la sentencia y ordena devolver los montos retenidos.
Declarar la inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias que permiten el descuento sobre los haberes jubilatorios, y ordenar a AFIP y ANSES que se abstengan de efectuar retenciones.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala IV hace lugar parcialmente al recurso. Declara la procedencia de la acción de amparo para obtener la devolución de los montos retenidos en concepto de Impuesto a las Ganancias, por los 5 años anteriores a la promoción del amparo. Ordena a AFIP reintegrar dichos montos, con más los intereses correspondientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La admisión de la pretensión de devolución exige la declaración de inconstitucionalidad de las normas cuestionadas, lo cual excede el marco de la acción de repetición prevista en la Ley 11.683.
- Corresponde aplicar el plazo quinquenal de prescripción establecido en el art. 56 inc. c) de la Ley 11.683 para la devolución de los montos retenidos.
- Los intereses deben computarse desde la promoción de la demanda, a la tasa prevista en la Resolución 559/22.
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