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CERRI SA c/ EDESUR SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La empresa Cerri SA reclamó a Edesur por un proceso de conocimiento. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó los honorarios profesionales regulados.

Honorarios Regulacion de honorarios Mediador Proceso de conocimiento Camara contencioso administrativa federal


¿Quién es el actor?

Cerri SA

¿A quién se demanda?

Edesur

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso de conocimiento

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó los honorarios regulados, confirmando los del abogado de la demandante pero reduciendo los de la mediadora. La Cámara señaló que para regular honorarios deben ponderarse diversos factores como la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos, y la contribución de cada profesional. No resulta conveniente aplicar automáticamente porcentajes de los aranceles, sino realizar un análisis y evaluación de la tarea profesional. Respecto a los honorarios del abogado de la demandante, la Cámara confirmó los emolumentos regulados. En cuanto a la mediadora, la Cámara redujo sus honorarios a $37.400, equivalente a 20 UHOM. Para los honorarios del abogado de la demandada en la alzada, la Cámara reguló $762.015, equivalente a 37 UMA.

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