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RAMIREZ, RAMON GREGORIO c/ EN-M SEGURIDAD- PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó parcialmente la intimación de pago al Estado Nacional y concedió la prerrogativa de diferir el pago de la deuda por única vez.

Recurso de apelacion Estado nacional Presupuesto Ejecucion forzada Condena judicial Diferimiento de pago


¿Quién es el actor?

Ramírez, Ramón Gregorio

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina
- Objeto de la demanda: Personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional. Dejó sin efecto la intimación de pago cursada, en atención a que el Estado cuenta con la prerrogativa de diferir por única vez el pago de la condena en caso de agotamiento de la partida presupuestaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 22 de la Ley 23.982, el art. 20 de la Ley 24.624 y el art. 68 de la Ley 26.895 confieren al Estado la prerrogativa de diferir por única vez el pago de la condena en caso de agotamiento de la partida presupuestaria.
- Según la jurisprudencia de la CSJN (caso "Curti"), si el Estado no cancela la deuda en el ejercicio siguiente, el acreedor queda habilitado para ejecutar forzadamente.
- Aunque no corresponde admitir la ejecución forzada por no haber vencido el plazo legal, se deja sentado que, de no pagarse la totalidad de lo adeudado, no corresponde una nueva previsión.

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