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TRAITCHEVITCH, MATIAS EZEQUIEL c/ EN-M SEGURIDAD- PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El tribunal modificó los honorarios regulados a favor de la letrada patrocinante de la parte actora, al considerar que corresponde una retribución equitativa y justa en relación a la labor desarrollada.

Honorarios Equidad Responsabilidad Regulacion Complejidad Merito

¿Qué se resolvió en el fallo?

La cuestión a resolver es la regulación de honorarios de la letrada que patrocinó a la parte actora en el proceso. La Cámara señaló que para determinar los honorarios se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses en juego, sin limitarse a la aplicación automática de porcentajes. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema que indica que el valor del juicio no es la única base para regular honorarios, debiendo ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional. Sobre esa base, la Cámara elevó los honorarios de la Dra. Grabowski, patrocinante de la actora, a la suma de $10.000.

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