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OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL PLASTICO c/ EN- PEN - M SALUD - SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD (DTO. 1615/96) s/AMPARO LEY 16.986

La Obra Social del Personal de la Industria del Plástico promovió un amparo para que el Estado Nacional asuma el costo de la medicación de alto costo para uno de sus afiliados. La Cámara Contencioso Administrativo Federal determinó que el caso debe ser resuelto por el Juzgado Federal que ya entendía en la causa del afiliado contra la obra social.

Obra social Conexidad Competencia Amparo Raquitismo Medicacion de alto costo


¿Quién es el actor?

Obra Social del Personal de la Industria del Plástico (OSPIP)

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Ministerio de Salud y Superintendencia de Servicios de Salud)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se condene a los demandados a cubrir la medicación de alto costo "BUROSUMAB "CRYSVITA" para el Sr. G.E.A.R., la cual actualmente es cubierta por la OSPIP por orden cautelar de otro juzgado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativo Federal determinó que el caso debe ser resuelto por el Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín, que ya entendía en la causa del afiliado contra la obra social por la misma medicación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que ambos procesos versan sobre la responsabilidad por la cobertura del mismo medicamento de alto costo para el mismo afiliado, por lo que existe conexidad sustancial que justifica que el mismo tribunal conozca en ambas causas para evitar sentencias contradictorias.

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