HERRERO, RAUL OSCAR c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/AMPARO LEY 16.986
Fisco Nacional impugna liquidación de intereses en proceso por ejecución de sentencia. La Cámara Contencioso Administrativo Federal modifica la liquidación e impone nueva base de cálculo.
Ejecución de sentencia
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación del Fisco Nacional, y ordenó al actor que practique una nueva liquidación de intereses sobre la base de capitalizar los mismos a partir del 3/3/23 cuando la deuda se tornó exigible, y hasta el 9/5/23 cuando los fondos quedaron a disposición de los interesados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La capitalización de intereses procede cuando, liquidada la deuda, el deudor es intimado de pago y resulta moroso. En el caso, esa situación se configuró a partir del 3/3/23 cuando se intimó el pago. Los errores en las liquidaciones pueden ser rectificados de oficio para evitar indebidos beneficios.
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