CALDERON, JUAN ANTONIO Y OTRO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Jubilados demandan inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes. La Cámara modifica la sentencia y ordena el reintegro de las retenciones efectuadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Los señores Juan Antonio Calderon y Rolando Galarza, jubilados, promovieron una demanda contra la AFIP a fin de declarar la inconstitucionalidad del artículo 79, inc. c) de la Ley 20.628 que justifica la aplicación del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales, solicitando el cese de los descuentos y el reintegro de los importes retenidos. El juez de primera instancia admitió la demanda, declaró la inconstitucionalidad de la norma y ordenó el reintegro de las sumas retenidas a partir del 23/09/2020 con intereses. Ambas partes apelaron. La Cámara desestimó los agravios de la AFIP, excepto en lo referido a los intereses y las costas. Respecto al plazo de reintegro, admitió el agravio de los actores y ordenó el reintegro de las sumas descontadas en los últimos 5 años anteriores a la interposición de la demanda, con los intereses a calcularse desde la fecha de inicio de la acción. Las costas se distribuyeron en el orden causado. La Cámara confirmó que la sola capacidad contributiva como parámetro para gravar a los jubilados es insuficiente, debiendo ponderarse la vulnerabilidad de este grupo, que goza de preferente tutela constitucional. Indicó que la ley 27.617 no modificó sustancialmente este criterio.
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