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EN - M DESARROLLO PRODUCTIVO DE LA NACION c/ ESTUDIO BERETTA Y GALARCE SRL s/PROCESO DE EJECUCION

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios fijados en primera instancia, al encontrarlos ajustados a la normativa sobre honorarios.

Honorarios Confirmacion Ejecucion Minimos legales Orden publico


¿Quién es el actor?

EN
- M DESARROLLO PRODUCTIVO DE LA NACION

¿A quién se demanda?

ESTUDIO BERETTA Y GALARCE SRL
- Objeto de la demanda: Proceso de ejecución
- Decisión del tribunal: La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios fijados en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El artículo 16 de la ley 27.423 establece que los jueces no podrán apartarse de los mínimos establecidos en dicha ley, los cuales revisten carácter de orden público.
- Teniendo en cuenta la naturaleza, resultado y monto del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional desarrollada y las etapas cumplidas, los honorarios fijados en primera instancia se encuentran ajustados a la normativa.

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