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SATOSHITANGO SRL c/ BCRA-SUM 1605 s/ENTIDADES FINANCIERAS - LEY 21526 - ART 42

La firma SatoShitango SRL solicitó medida cautelar para suspender los efectos de una multa impuesta por el BCRA. La Cámara Contencioso Administrativa Federal - Sala V ordenó al BCRA abstenerse de ejecutar dicha multa.

Multa Tutela judicial efectiva Inconstitucionalidad Medida cautelar Bcra Contracautela


¿Quién es el actor?

SatoShitango SRL, representada por su socio gerente Matías Adrián Bari

¿A quién se demanda?

Banco Central de la República Argentina (BCRA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener una medida cautelar para suspender los efectos de la Resolución 2023-42-E-GDEBCRA-SEFYC#BCRA, que impuso multas por $11.030.468 a la firma SatoShitango SRL y $3.309.140 a Matías Adrián Bari. La Cámara consideró que procede conceder la medida cautelar solicitada, ya que:
- El derecho a la tutela cautelar implica el deber de los tribunales de suspender la ejecución de la multa cuando sea necesario para asegurar la plena efectividad de la decisión final.
- De no concederse la medida, existiría un riesgo de un estado de cosas difícilmente reversible, teniendo en cuenta el monto de las sanciones impuestas.
- La suspensión no afecta el interés público, ya que no se trata de la percepción de ingresos fiscales debidamente programados, sino de ingresos contingentes.
- El Juez Gallegos Fedriani, en disidencia parcial, declaró inconstitucionales los artículos 5 y 10 de la Ley N° 26.854 sobre medidas cautelares contra el Estado.

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