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ROJAS, EDUARDO POMPEYO c/ AFIP -DGI- s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

Contribuyente cuestionó resolución sobre intereses por anticipos no ingresados del Impuesto a las Ganancias 2013. La Cámara declara condonados de oficio los intereses en virtud de la Ley 27.260.

Intereses Impuesto a las ganancias Anticipos Condonacion Ley 27 260 Declaracion jurada rectificativa


¿Quién es el actor?

Eduardo Pompeyo Rojas

¿A quién se demanda?

AFIP
- Dirección General Impositiva

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestionar la resolución n° 241/2017 que confirmó la liquidación de intereses por anticipos no ingresados del Impuesto a las Ganancias 2013.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hace lugar parcialmente al recurso y declara condonados de oficio los intereses de anticipos en virtud de lo dispuesto en el art. 56 de la Ley 27.260, al haberse presentado la declaración jurada rectificativa del Impuesto a las Ganancias 2012 con posterioridad a la entrada en vigencia de dicha ley.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señala que, conforme lo dispuesto por los arts. 56 y 23 de la Ley 27.260 y resolución AFIP 3920, la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias 2013 con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 27.260 trae aparejada la condonación de oficio de los intereses de anticipos impagos y vencidos en 2014.

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