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ZWEEDIJK, DIEGO JAVIER Y OTROS c/ EN-M DE DEFENSA - ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores promovieron demanda para que se reliquiden las compensaciones por cambio de destino tomando como base el haber del grado de Almirante. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó parcialmente la sentencia que hizo lugar a la demanda.

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Reliquidación de compensaciones por "cambio de destino" tomando como base el haber del grado de "Almirante", incluyendo los incrementos y suplementos de los decretos Nros. 1104/05, 1305/12 y normas complementarias.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó reliquidar las compensaciones percibidas por los actores durante el período no prescripto, tomando como base el haber del grado de "Almirante" e incluyendo los incrementos y suplementos de los decretos Nros. 1104/05 y 1305/12, con limitaciones temporales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) Los suplementos creados por los decretos Nros. 1104/05 y 1305/12 tienen carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben integrarse al haber del "Almirante" para calcular las compensaciones. 2) Respecto al plazo de prescripción, se aplicó el decenal previsto en el art. 4023 del Código Civil para las acreencias anteriores a la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, y el quinquenal del art. 2560 del CCCN para las posteriores.

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