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TAMAÑO, GUSTAVO ADOLFO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor promovió demanda por inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales. La Cámara Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia y ordenó el reintegro de las sumas retenidas.

Intereses Inconstitucionalidad Reintegro Impuesto a las ganancias Haberes previsionales Grupo vulnerable

Declaración de inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias que justifican la aplicación de dicho tributo sobre haberes previsionales, cese de retenciones y reintegro de sumas retenidas en los últimos 5 años.

¿Qué se resolvió?


- Se declara la inconstitucionalidad de los artículos 23 inc. c, 79 inc. c, 81 y 90 de la Ley 20.628.
- Se ordena a la AFIP y al Instituto de Ayuda Financiera para el Pago de Retiros y Pensiones Militares que se abstengan de retener el impuesto a las ganancias sobre el haber previsional del actor.
- Se ordena el reintegro de las sumas retenidas en los últimos 5 años, anteriores a la interposición de la demanda, con intereses.
- Se distribuyen las costas en el orden causado. La Cámara consideró que el actor integra un grupo vulnerable con preferente tutela constitucional, por lo que la aplicación indiscriminada del impuesto a las ganancias sobre los haberes previsionales resulta inconstitucional al desconocer la incidencia económica en la situación de fragilidad. Asimismo, entendió que procede el reintegro de las sumas retenidas, al tratarse de una repetición del tributo.

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