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VIRGEN DE ITATI OBRAS VIALES SA c/ EN-DNV s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora presentó demanda por la liquidación final del contrato de concesión. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia y declaró que el crédito reconocido se encuentra excluido del régimen de consolidación de deudas del Estado Nacional.

Intereses Contrato de concesion Consolidacion de deudas Liquidacion final Ecuacion economico financiera Cargas tributarias

Pago de la liquidación final del contrato de concesión del ex Corredor Vial n° 13, con más el reconocimiento de la carga impositiva y los intereses.

¿Qué se resolvió?


- La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la DNV a abonar la suma que surgiera de la liquidación a practicarse.
- Respecto al reclamo por cargas tributarias, la Cámara desestimó el agravio de la actora, entendiendo que la actora no acreditó los presupuestos que hacen aplicable la cláusula contractual que permite el reconocimiento de tributos por parte del concedente.
- Sin embargo, la Cámara admitió parcialmente el recurso de la actora y modificó la sentencia, declarando que el crédito reconocido se encuentra excluido del régimen de consolidación de deudas del Estado Nacional, por cuanto la causa de la obligación se ubica en la finalización del contrato de concesión en octubre de 2003, posterior a la última fecha de corte establecida para la aplicación de dicho régimen.
- Confirmó la tasa de interés aplicada por la instancia anterior.

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