GUERRA, MARCOS DANIEL Y OTRO c/ CPACF (EX 72921/18) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción de multa impuesta a los abogados Marcos Daniel Guerra y Dolores Inés Maffrand por incumplir deberes éticos en el patrocinio de una demanda laboral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La Sala I del Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal sancionó a los abogados Marcos Daniel Guerra y Dolores Inés Maffrand con una multa por infracciones éticas en el patrocinio de la demanda de la Sra. Marina Noemí Sosa contra Mogapol S.A.
- Los principales fundamentos fueron: i) el Dr. Guerra incumplió el deber de informar a su cliente sobre el estado del expediente y delegó el inicio de la demanda en la Dra. Maffrand sin autorización; ii) la Dra. Maffrand presentó la demanda con una firma apócrifa atribuida a la Sra. Sosa.
- La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó los recursos de apelación interpuestos por los abogados y confirmó la sanción disciplinaria. Consideró que los abogados incurrieron en conductas reprochables que vulneran deberes éticos de lealtad, probidad y diligencia profesional.
- Destaca que el Tribunal de Disciplina tiene facultades para sancionar infracciones éticas conforme a una regulación especial, más allá de que no haya perjuicio concreto al cliente.
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